RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 208-2017-MINEDU
Lima, 21 de julio de 2017
VISTOS, el Expediente Nº 0060769-2017, los
Informes Nº 343-2017-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DITEN
y Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la
Dirección Técnico Normativa de Docentes dependiente
de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe
Nº 651-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad
defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura,
recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley,
es función del Ministerio de Educación defi nir las políticas
sectoriales de personal, programas de mejoramiento del
personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la carrera pública magisterial;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 70 de la
Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, el encargo
es la acción de personal que consiste en ocupar un
cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la
ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor
responsabilidad; el mismo que es de carácter temporal,
excepcional, no genera derechos, y no puede exceder el
período del ejercicio fiscal;
Que, el numeral 176.2 del artículo 176 del Reglamento
de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto
Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el Ministerio de
Educación establece los procedimientos para el proceso
de encargatura, el cual debe contemplar como requisito
haber aprobado la última evaluación de desempeño
docente o en el cargo;
Que, el artículo 177 del precitado Reglamento
establece que se tienen dos tipos de encargos; el de
puesto, que se autoriza en plaza orgánica vacante
debidamente presupuestada o en plaza vacante generada
por ausencia temporal del titular; y el de funciones, que se
autoriza únicamente para asumir el cargo de director de
institución educativa, en caso esta última no cuente con la
plaza orgánica vacante debidamente presupuestada, en
cuyo caso el profesor encargado continúa ejerciendo su
labor docente en aula;
Que, el artículo 178 del Reglamento de la Ley de
Reforma Magisterial, señala que los profesores pueden
acceder mediante encargo a los puestos jerárquicos, de
subdirectores, directores y de especialistas de las áreas de desempeño laboral señaladas en los literales b), c) y d)
del artículo 12 de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, posteriormente, con la Ley Nº 30541, Ley que
modifica la Ley de Reforma Magisterial y se establecen
disposiciones para el pago de remuneraciones de
docentes de Institutos y Escuelas de Educación Superior,
se modifi caron diversos aspectos de la Carrera Pública
Magisterial de la Ley de Reforma Magisterial; y en
correlato a lo señalado, mediante el Decreto Supremo Nº
005-2017-MINEDU se modifi caron diversos artículos del
Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado
por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED;
Que, asimismo, con Resolución Ministerial Nº
188-2017-MINEDU se aprobó la implementación del
cargo de especialista en formación docente, del Área
de Desempeño Laboral de Formación Docente de la
Carrera Pública Magisterial; el cual se orienta a brindar
apoyo al equipo directivo de la institución educativa en el
diseño y gestión de acciones formativas vinculadas con
el desarrollo de los docentes al interior de la institución
educativa en la que labora;
Que, con Oficio Nº 762-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD,
la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe Nº 343-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD-DITEN,
el cual fue complementado con
el Informe Nº 391-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDDDITEN,
ambos elaborados por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, con los cuales se sustenta la
necesidad de aprobar una nueva norma que regule el
procedimiento, requisitos y criterios técnicos para la
selección del personal docente que ocupe, mediante
encargo, las plazas vacantes de directivos, jerárquicos
y especialistas en formación docente de las instituciones
educativas públicas, y de especialistas en educación de
las Direcciones Regionales de Educación y Unidades de
Gestión Educativa Local;
Que, de acuerdo al literal g) del artículo 2 de la
Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU, la Ministra
de Educación delega en el Secretario General del
Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2017,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir los actos
resolutivos que aprueban, modifi can o dejan sin efecto los
Documentos Normativos en el ámbito de competencia del
despacho ministerial;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica, de la Dirección General de Desarrollo
Docente, Dirección General de Gestión Descentralizada,
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar,
Dirección General de Educación Básica Alternativa,
Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el
Ámbito Rural, Dirección General de Educación Básica
Regular, Dirección General de Servicios Educativos
Especializados, Dirección General de Educación TécnicoProductiva
y Superior Tecnológica y Artística, y de la
Ofi cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley
Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por
la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por
Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Ley Nº 29444,
Ley de Reforma Magisterial, y su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y en virtud a las
facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº
002-2017-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada
“Normas que regulan el procedimiento para el encargo
de plazas vacantes de cargos directivos, jerárquicos,
especialistas en formación docente y especialistas en
educación en el marco de la Ley de Reforma Magisterial”,
la misma que como Anexo forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente
Norma Técnica a la Dirección General de Desarrollo
Docente dependiente del Despacho Viceministerial de
Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
Resolución y su Anexo, en el Sistema de InformaciónJurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.
gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Secretario General.